Este día las tensiones entre el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el Ministerio Público (MP) han incrementado. La fiscal Leonor Eugenia Morales de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) envió un oficio al pleno de magistrados del órgano electoral donde advierte que podrían iniciar investigaciones en su contra si el pleno conoce una apelación de Movimiento Semilla para la no cancelación del partido político.
En la carta enviada se lee “La presente es con ocasión del trámite de la apelación de la anotación de la cancelación de la personalidad jurídica del Comité Pro-Formación del partido político Movimiento Semilla y del partido político Movimiento Semilla, de la cual el Ministerio Público tuvo conocimiento a través de fuentes abiertas de información, en ese orden de ideas me permito advertir lo siguiente… Cualquier acción que limite, restrinja o impida el cumplimiento de una orden judicial podría constituir un acto punible y será objeto de persecución penal“. Se resalta que la cancelación de Semilla se dio por orden judicial dictada por el juez Fredy Orellana.
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— TSE Guatemala (@TSEGuatemala) December 4, 2024
Postura del Tribunal Supremo Electoral
Ante la advertencia del uso del artículo 9 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y el señalamiento que el TSE no le compete “la revisión, modificación, revocación o adición de resoluciones judiciales dictadas por órgano jurisdiccional en materia penal, por lo que solicito que el actuar del pleno de magistrados sea apegado a derecho y tome en cuenta la responsabilidad en que podría incurrir de no hacerlo de esta manera”, el órgano electoral respondió.
A través de un comunicado se resalta que en el artículo 121 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), la cual es de rango constitucional, se indica que el Tribunal Supremo Electoral es “independiente, y, por consiguiente, no supeditado a organismo alguno del Estado… su organización, funcionamiento y atribuciones están determinados en esta ley”. Así mismo, hacen el llamado para el debido respeto de poderes del Estado y de la autoridad del TSE, hace referencia a la literal f) del artículo 125 de la ley antes mencionada donde faculta a la institución de “la resolución de recursos acerca de la inscripción, sanciones, suspensión y cancelación de organizaciones políticas“.
En el comunicado se enfatiza el rechazo a “las medidas intimidatorias y amenazas recibidas contra autoridades y personal de esta institución, recordando que este tipo de prácticas no se empleaban desde regímenes militares del Conflicto Armado Interno“.
El Tribunal Supremo Electoral a la ciudadanía en general informa: pic.twitter.com/ZX0AqkdchO
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Próximos pasos
En la LEPP se indica que una organización política puede apelar la decisión de cancelación de un partido político para elevar la solicitud al pleno de magistrados. Las autoridades deberán conocer la apelación y resolver si aceptan o no.